Señora y Señores,
Me complace sobremanera participar con ustedes en este destacado encuentro, en el que se discute un tema importante y a la vez complicado. Un tema que simboliza la responsabilidad del juez por una parte y la dificultad de la misión del inspector judicial por otra parte, según enfoques diferentes y complementarios, en los que el ámbito jurídico, ético, de derechos humanos y social se cruzan.
Quisiera en primer lugar, facilitarles por la elección de este tema, y aprovechar esta ocasión para transmitir mi profundo agradecimiento a la Sra. Carmen Morte-Gómez presidenta de la Oficina del Consejo Europeo en Marruecos, al Sr. Christophe Straudo, presidente de la Red Europea de Servicios de Inspección de Justicia y a todos los honorables señores inspectores generales y miembros de los servicios de inspección judicial de los países amigos que participan hoy, tanto en persona como por teleconferencia, por su apoyo a esta iniciativa y por elegir al Reino de Marruecos como país anfitrión para la creación de la Red Sur-Mediterránea de Servicios de Inspección de Justicia, que contribuirá inevitablemente a renovar la estructura común de la justicia y a añadir un nuevo valor a los programas de cooperación internacional y a la apertura al mundo judicial y a sus novedades.
Señoras y señores,
Las juezas y jueces de nuestro país han conmemorado, el pasado mes de abril, el quinto aniversario de la instauración del Consejo Superior del Poder Judicial, el nacimiento del tercer poder en nuestro Estado, y el inicio de una nueva era en la gestión de la independencia del poder judicial. Un poder que actualmente cuenta con sus propias instituciones dirigentes que gestionan la carrera profesional de los jueces, protegen su independencia y supervisan y controlan su labor; conforme con lo dispuesto en la Constitución y en las leyes relativas a la reforma de la justicia en nuestro país, en especial la Ley Orgánica nº. 100.13 relativa al Consejo Superior del Poder Judicial y la Ley Orgánica nº. 106.13 relativa al estatuto de jueces.
De hecho, la Constitución del Reino solo exige a los jueces la justa aplicación de la ley, pues la reflexión sobre esta disposición constitucional, prevista en el artículo 110 de la Constitución del Reino, conlleva a una importante conclusión; el empleo de la ley para lograr la justicia y equidad. Por ende, las sentencias deben responder a las alegaciones y peticiones y debatir todos los medios. Además, sus motivaciones deben proporcionar repuestas a los críticos y investigadores, así como a las alegaciones de las partes concernidas. Estas sentencias deben ser basadas sobre leyes y jurisprudencias estables, reflejar la lógica de la equidad y el principio de la justicia. Sobre todo, deben ser dictadas en un tiempo razonable y ejecutadas en el tiempo adecuado. Pues, nuestro papel, cada uno en el ámbito de su competencia, es divulgar, defender y consagrar estas normas mediante la sensibilización, y si es necesario a través de los medios legales adecuados.
La independencia de los jueces en sus funciones judiciales se ha facilitado conforme a lo dispuesto por la Constitución, gracias a la presidencia de Su Majestad el Rey al CSPJ, y el respeto de los poderes ejecutivo y legislativo al principio de separación de poderes. No obstante, esta independencia no es un privilegio para los jueces para actuar libremente y lejos de cualquier responsabilidad y control. Más bien, el principio de independencia de la judicatura es considerado una norma democrática cuya base es la conciencia responsable, su finalidad es la garantía del bueno funcionamiento de la justicia y su pilar es la protección de los derechos de los justiciables. Todo ello, mediante una judicatura independiente e imparcial, sujeta al control del CSPJ con la ayuda de la Inspección General de Asuntos Judiciales (IGAJ) conforme con las disposiciones del tercer párrafo del artículo 116 de la Constitución. La inspección es un dispositivo crucial que sigue y valora el rendimiento de los tribunales basándose en índices para medir la eficiencia, eficacia y calidad. Además, supervisa la ejecución del plan de acción relacionado con fomentar la gestión de las cargas de la administración de justicia, determina las dificultades y limitaciones que obstaculizan aumentar la eficiencia judicial, y propone soluciones y los medios para fortalecer los desequilibrios detectados, en virtud con los dispuesto en la Ley nº. 38.21 relativa a la IGAJ.
Señoras y señores,
El control, en este sentido, no pretende detectar las carencias y desequilibrios con el objetivo de disciplinar, tomar medidas cautelares, intimidar o limitar a los jueces o perjudicar su independencia. Más bien, está encaminado principalmente a la evaluación, apoyo y seguimiento. En este contexto, permítanme citar un fragmento del discurso de Su Majestad del Rey, que Dios Le asista, con ocasión de la Apertura de la nueva sesión del Consejo Supremo de la Judicatura, el primero de marzo de 2021 en Rabat, en lo que dice: “… En este sentido, el Consejo Supremo de la Judicatura debe consolidar los logros alcanzados e involucrarse con decisión y claridad en esta gran obra de reformas, y cumplir con sus misiones constitucionales velando por los normas y la ética de la judicatura, con sanción disciplinaria firme y estricta para todos aquellos que hayan demostrado su incapacidad de asumir las responsabilidades encomendadas por su negligencia y transgresiones, o los que han perjudicado al poder judicial con su conducta y comportamiento, y a través de sus escandalosas desviaciones, destruyen en un instante, los logros alcanzados durante años de trabajo y esfuerzo.
El Consejo también debe fomentar, con la misma firmeza y determinación, su papel principal en fortalecer las garantías que la Constitución garantiza a los jueces, apoyándose en la igualdad e imparcialidad en la gestión de la carrera profesional de estos, basándose en los criterios objetivos que están incluidos en su reglamento interno, que ha sido aprobado por Nuestra Alteza, velando por premiar las cualidades de integridad, honestidad, mérito, altruismo, seriedad, diligencia y valentía…” fin de la cita Real.
Señoras y señores,
El Nuevo Modelo de desarrollo del Reino de Marruecos consideró a la justicia uno de sus ejes principales, y señaló varios obstáculos que impiden llegar al modelo de justicia al que nuestro país aspira. Las recomendaciones pertinentes se centraron, principalmente, en la promoción de los derechos y libertades, la mejora de los mecanismos de coordinación, y el trabajo en armonía y transparencia entre todos los actores del sector de justicia. Asimismo, el modelo de desarrollo destacó la importancia de mejorar el desempeño, reducir la lentitud y acelerar el ritmo de la justicia, y aumentar su capacidad para ejecutar sus fallos. Además de moralizar el sistema de justicia en todos los niveles.
En este contexto, el CSPJ trabaja, mediante su Plan Estratégico 2021/2026, en colaborar en varias obras para cumplir la institucionalización del poder judicial, apoyar sus instituciones y organismos mediante los recursos jurídicos, financieros y humanos necesarios para su buen funcionamiento. Para lograr, de esta manera, una justicia protectora de los derechos, libertades y propiedades. Una justicia que sea una fuente de confianza y seguridad para todos. Uno de estos principales organismos es la IGAJ, es un componente esencial para fomentar el sector de justicia, cuyo propósito principal es, como se mencionó anteriormente, orientar, evaluar, apoyar y acompañar; a través de mecanismos de control, aplicación de la ley, lucha contra toda forma de corrupción y fortalecimiento del rol del inspector judicial, como orientador profesional y moral de la labor judicial.
Señoras y señores,
los principios de justicia y valores éticos judiciales son responsabilidad de todos nosotros, por consiguiente, nuestro deber es su protección, conserva y defensa con todos los medios legales. De hecho, los temas que han elegido para este encuentro son para iluminar a la conciencia pública, que nos motiva a todos para mejorar el rendimiento de la justicia mediante la fructífera cooperación internacional y el diálogo constructivo entre las instituciones del poder judicial y el resto de actores en el ámbito de la justicia en todo el mundo. Por tanto, permítanme estrecharles la mano y manifestar mi agradecimiento por estas iniciativas y el apoyo sostenido que siempre tenemos. Reiteramos que seguiremos leales a la cooperación y el diálogo, y a la creación de soluciones que se ajustan a la Constitución y al espirito y el contenido del nuevo Modelo de Desarrollo. Soluciones dignas de nuestro país y de las aspiraciones de nuestro Rey, para cumplir con el lema “la justicia al servicio del ciudadano”.
Por último, estoy seguro de que este encuentro que está basado en el diálogo intelectual y en la profunda adhesión a los principios y garantías constitucionales y el respeto de las opiniones ajenas, será una importante ocasión para un aprendizaje mutuo y para compartir ideas y conclusiones, a la luz del abundante bagaje científico y profesional que han acumulado con su trabajo continuo e incansable determinación.
Por ello, pido a Dios que bendiga su labor de crear y lanzar la Red Sur-Mediterránea para los Servicios de Inspección Judicial, y que esta iniciativa culmine con éxito.
Sección 16, Hay Riyad, CP 1789, Rabat
sg@cspj.ma